El cierre de 2008 no fue bueno para algunos ex militares que tuvieron actuación en Bahía Blanca durante la segunda mitad de la década del 70 y ahora están siendo investigados por la comisión de delitos de lesa humanidad.
Al fallo que rechazó el intento de recusación del ex marino Alfredo Astiz contra el juez federal Luis Ramón Dardanelli Alsina que entiende en el pedido de extradición a Francia del Angel Rubio (ver SOLO LOCAL) hay que sumar otros dos que, al igual que el anterior, la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad dictó a finales de diciembre, antes de la feria judicial de enero.
En esas dos sentencias, el tribunal del fuero federal rechazó sendos pedidos de excarcelación solicitados por los abogados defensores del ex general Juan Manuel Bayón y del ex teniente coronel Osvaldo Bernardino Páez, procesados por los delitos de secuestros, homicidios y torturas ocurridos en Bahía Blanca cuando integraban el Estado Mayor del Quinto Cuerpo de Ejército.
Para rechazar ambos pedidos, la Cámara enfatizó la gravedad de los delitos atribuídos a los ex militares, quienes buscaron beneficiarse del fallo plenario «Díaz Bessone», emitido por la Cámara Nacional de Casación Penal y que fijó limites para la prisión preventiva.
El tribunal, en las resoluciones que suscriben los jueces Augusto Enrique Fernández, Angel Alberto Algañaraz y Ricardo Emilio Planes (este magistrado sólo avaló el rechazo a la liberación de Páez no así el de Bayón) estableció que el plenario “Díaz Bessone” no es rígido en cuanto a su aplicación, sino que corresponde al juez valorar, además de la pena de prisión superior a ocho años, otros parámetros.
Bayón (la sentencia que lo mantiene preso puede consultarse AQUI) está procesado por ser prima facie coautor mediato de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada (en nueve hechos), privación ilegítima de la libertad agravada en concurso real con imposición de torturas (36 hechos), homicidio (tres hechos), privación ilegítima de la libertad agravada en concurso real con homicidio agravado (seis hechos), privación ilegítima de la libertad agravada en concurso real con imposición de torturas y homicidio calificado por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas (diez hechos) y privación ilegítima de la libertad agravada en concurso real con imposición de torturas y desaparición forzada (siete hechos).
En tanto, Páez (el fallo que rechazó su pedido de excarcelación puede verse AQUI) está procesado por ser prima facie coautor mediato de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada (en seis hechos), privación ilegítima de la libertad agravada en concurso real con imposición de torturas (11 hechos), privación ilegal de la libertad y tormentos (siete hechos), homicidio (un hecho), privación ilegítima de la libertad agravada en concurso real con homicidio agravado (dos hechos), privación ilegítima de la libertad agravada en concurso real con imposición de torturas y homicidio calificado por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas (nueve hechos) y privación ilegítima de la libertad agravada en concurso real con imposición de torturas y desaparición forzada (cinco hechos).
