(Análisis de Expedientes) – $ 14.794.564,10. Es el total de Impuesto al Valor Agregado impugnado a las usuarias de las facturas supuestamente apócrifas que entregaba Juan Ignacio Suris. A fojas 448/453 del expediente que sustancia el juez subroante del Juzgado Federal 1 de Bahía Blanca Santiago Ulpiano Martínez, que a fines de marzo dictó el procesamiento de Suris y cinco personas más por el delito de asociación ilícita fiscal, consta un listado de usuarios de crédito fiscal presuntamente utilizado sobre la facturación presuntamente apócrifa del imputado. Para aquel total, teniendo en cuenta la alícuota del 21% del IVA, se estima una facturación de $ 70.000.000 (neto gravado) por lo que el total de movimientos irregulares que la justicia tiene estimado hasta el momento es de alrededor de $ 84.794.564,10. Detrás de esos números, impactantes pero no definitivos (hay que recordar que cuando comenzó a oírse de esta causa se estima que el daño al fisco podría rondar los 200 millones de pesos), hay varios nombres. Para ser más exactos, los de 192 contribuyentes, ubicados en distintas regionales de la AFIP. Y algunos muy importantes y muy conocidos. Pueden consultarse en el anexo 2 de la resolución emitida por el juez Martínez, hallable en fojas 451/452. En realidad, los involucrados son muchos más, pero el juez sólo tiene en cuenta los “relevantes” en los términos de la ley 24.769.
Usinas por un lado, usuarias por otra
Las sociedades o usinas presuntamente creadas y utilizadas para distribuir facturas truchas y montar el negocio son: Scarsur Bahía S.A. (de Sergio Scarabotti y Juan Suris), E & J Bahía S.R.L. (de Juan y Eduardo Suris, hijo y padre), CVP Industria S.R.L. (de Juan Suris y Nicolás Ibarra Gutierrez), Attimo Bahía Blanca S.A. (de Ibarra Gutierrez y Flavio Carrano), M-Magna S.A. (de Juan Suris e Ibarra Gutierrez)y Bahía Acoplar S.A. (de Ibarra Gutierrez y Eustaquio Santacruz). Para el juez, todas fueron creadas por Suris y formadas por él y los prestanombres. “La formación de las distintas firmas con interpósitas personas (todos ellos sin capacidad económica) se efectúa a sabiendas de la actividad ilícita, ya que el manejo y los beneficios económicos de la actividad desarrollada queda siempre en manos de Juan Ignacio Suris, ya que de sus propios dichos, maneja todas las empresas, se encarga de todo, de la facturación, de las cobranzas y dispone de todos los fondos de las cuentas bancarias abiertas a tal fin” afirma Martínez. La acusación de asociación ilícita fiscal prevé penas de 5 a 10 años de prisión para quien actuara como jefe u organizador (en este caso, Juan Suris) y de 3 años y 6 meses a 10 años) para quien solo formara parte de la organización.
“Que esas sociedades son creadas, con la finalidad de generar operaciones ficticias entre éstas (llamadas usinas) y personas físicas o ideales que necesitan disminuir sus créditos fiscales (llamadas usuarias), posibilitando así, a las usuarias, evadir tributos al erario, a pesar que las mismas tienen una actividad económica real, “comprando” facturas falsas, a las usinas” detalla el juez al explicar el meollo de la maniobra que, como el tango, necesita de dos para ser bailada: las usinas de facturas llevan el paso y las usuarias taconean. Algunas, más fuerte que otras.
¡Nombres! ¡Queremos nombres!
A fojas 564/632 aparece el nombre de Attimo Bahía Blanca S.A., librando cheques y remitidos por el Banco de la Provincia de Buenos Aires. La mayoría son cobrados por Ezequiel Ferrari Reynoso y Nicolás Ibarra Gutierrez, este último, procesado junto a Suris, en la misma resolución, aunque sin el agravante de la prisión preventiva. A continuación figuran nombres de algunas empresas que habrían utilizado las facturas de la usina de Suris, pero que por los montos involucrados no son punibles. En este punto cabe una observación: no se entiende por qué, sino les cabe ninguna objeción legal, sus nombres aparecen volcados en el auto de procesamiento. Eso llevó a que varios medios de prensa, a las apuradas y guiándose por lo rimbombante de algunas firmas allí mencionadas (entre ellas una compañía de transporte que se fue echada a las patadas de la ciudad) difundieran los nombres poniendo a todos en un pie de igualdad. Así, para la opinión pública, pagaron justos, por pecadores.
Mezclados unos con otros, comienzan a aparecer los contribuyentes que “superan la condición objetiva de punibilidad”, establecida en el artículo 1 de la ley 24.769, modificado por la ley 26.735. Dicha norma dice: “Será reprimido con prisión de dos (2) a seis (6) años el obligado que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos al fisco nacional, al fisco provincial o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que el monto evadido excediere la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000) por cada tributo y por cada ejercicio anual, aun cuando se tratare de un tributo instantáneo o de período fiscal inferior a un (1) año”.
Entre las firmas que podrían haber cometido evasión simple figuran: Mar del Plata Transervice S.R.L., María de las Mercedes Lassaque (utilizó facturas de Bahía Acoplar S.A. y Scarsur Bahía S.A.), Jorge Alberto Martínez (también con ambas usinas), Ever Mario Alonso (usuaria de las dos anteriores, más Móvil Bahía S.R.L., E & J Argentina S.R.L. y CVP Industria S.A.), If Diseño y Cad S.A. (por CVP Industria), Fabricio Hernán Casini (CVP) y Minutillo Hnos (Attimo Bahía). La lista de las empresas pasibles de ser sancionadas por evadir es mucho menor a la cantidad de firmas que, habiendo adquirido facturas apócrifas (sabiéndolo o no), no superan el umbral de sanción que prevé la ley.
Más nombres
En el auto de procesamiento contra Suris (Juan y Eduardo), Carrano, Domingo Goenaga, Ibarra Gutierrez y Juan Pipkin) se mencionan otras empresas, pero son las que surgen de boca de los imputados al momento de prestar declaración indagatoria. El propio Suris mencionó a Málaga Construcciones, Ingeniería Reyes, Fabián Karas, Expocar SA, Autocar SA y “muchas (otras) que adjuntaré a medida que me voy acordando” le dijo al juez. Es importante recordar que antes de que Suris cayera preso por la causa donde se lo investiga por ser el presunto jefe de una banda de narcotraficantes, el único que había declarado en esta causa y admitido tener vínculos con Suris era Pipkin quien admitió trabajar para él y hacerle el trabajo de cobrar facturas a los clientes que su jefe le indicaba. El resto de los procesados solo abrió la boca una vez que Suris declaró ante el juez Martínez y se autoimputó él solo, excluyendo al resto, de montar el negocio de las facturas apócrifas.
En el punto 9 de la resolución de Martínez, figura un listado de “empresas significativas usuarias de facturas apócrifas”, las cuales ya figuraban mencionadas antes entre las que, por los montos involucrados, no eran pasibles de sanción. Allí figuran: Italo Manera, Bahía Verde, Meyer SACIF, Estudio de Ingeniería Reyes y Asociados, Francisco Osvaldo Díaz, Forest Car S.A., Bernardo Lew e Hijos S.R.L., Servicio Industrial Naval S.A., SAIPP S.R.L., Cooperativa Obrera Limitada, Proinsal S.A, Resco S.R.L., Juan y Antonio Cucchiara, Bahitek S.A., Autonáutica Sur S.R.L., Plusagua S.A., Matferroso S.A., I PTO I S.A. y MAPSA Ingeniería S.A.
“De lo que surge de la compulsa de la causa, la AFIP-DGI deberá disponer lo necesario para relevar a las empresas que a la fecha no hayan sido fiscalizadas, y que resultan destinatarias de las maniobras ilícitas que se achacan en el presente” resolvió el juez sobre qué camino a seguir hacia adelante con las empresas involucradas.
Municipalidad y COPROTUR. Una maniobra sugestiva y una mancha más al tigre.
Entre los querellantes del expediente figura solo la AFIP. La municipalidad de Bahía Blanca, a través de una presentación de los letrados Santiago Romanelli y Mariano Segre, solicitó ser incluida como querellante, pero el fiscal Antonio Castaño lo rechazó, ya que no advirtió que el municipio haya sido afectado por estas maniobras. ¿Cómo se entiende la movida realizada por los abogados del municipio? ¿Fue un intento de tener acceso directo al expediente, circunstancia que sólo se les permite a las partes? ¿Temieron que alguna de las tantas facturas que daban vueltas por ahí rozara el affaire Coprotur”? Al respecto, sin que nadie le preguntara nada, casi como cumpliendo un encargue, Suris declaró: “quiero aclarar que no tengo ninguna vinculación laboral con el municipio de la ciudad de Bahía Blanca, dado que he escuchado en varias oportunidades, vincularme con el mismo, lo cual no es cierto”. Música para los oídos de alguien.
A fojas 733/740 vista hay agregado un informe de la AFIP-DGI, que da cuenta que del estudio de los expedientes municipales agregados a la causa (Coprotur), “surge que no fueron utilizadas facturas de ninguna de las empresas de Suris, investigadas en autos”. Chocolate por la noticia.
