(Notas de Usuarios) – El Capítulo 6 del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado para el proyecto GNL Puerto Cuatreros, de la UTE entre YPF y Enarsa, sintetiza los impactos sobre el medio físico, biológico y socioeconómico resultantes de la concreción del proyecto. La síntesis se vuelca en dos cuadros (uno para el dragado y otro para la instalación de la terminal regasificadora) de doble entrada que consideran impactos en 25 ítems, desde condiciones de aguas superficiales y subterráneas hasta infraestructura y circulación vial, paisaje, etc. Aquí se analiza en lenguaje no técnico y en forma crítica los resultados de dicho estudio, cuyo capítulo 6 puede hallarse en este enlace.
Apertura del canal
En el caso del dragado se analiza el impacto de cada una de las 16 etapas que incluyen tanto la apertura del canal como su mantenimiento. El cuadro que contabiliza la totalidad de impactos del dragado contiene entonces 400 celdas (resultantes de multiplicar 25×16). De ese total, 268 están vacías. Por ende, el estudio admite 128 impactos de distinto signo e intensidad derivados de la ampliación y mantenimiento del canal principal.
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Dragado apertura |
Dragado mantenimiento |
Regasificación construcción |
Regasificación operación |
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Nro. de impactos negativos |
73 |
54 |
45 |
18 |
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Nro. de impactos positivos |
1 |
0 |
0 |
0 |
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%. impactos negativos severos |
8 |
0 |
0 |
0 |
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% impactos negativos moderados |
42 |
31 |
29 |
44 |
Es llamativo que el propio informe presentado por la parte interesada reconozca perjuicios sobre 128 aspectos y sólo 1 resulte positivo.
La ampliación del calado tendría impactos negativos severos en geomorfología, bentos, paisajes y hábitats costeros. El único impacto positivo reconocido de la ampliación del canal es el definido por el «modelo territorial deseado».
Asimismo, el dragado tendría una serie de impactos negativos calificados por el estudio como moderados sobre aguas superficiales, vegetación, aves, pesca y actividades recreativas. Sin embargo, un examen detallado indica que modificando las probabilidades de ocurrencia del impacto negativo, pasarían de moderado a alto en su grado de perjuicio.
Llama la atención que el estudio omita análisis del impacto sobre el empleo, ítem crítico del medio socioeconómico. En ninguno de sus capítulos el estudio indica qué cantidad de puestos de trabajo absorberían las obras de ampliación del canal, puesta en marcha del proyecto ni tampoco los que se requerirían en forma estable para operar las instalaciones. Menos aún avanza en la cuantificación de puestos indirectos.
La clasificación de los impactos en leves, moderados y altos parece caprichosa; en el cuerpo del texto se admite que la liberación de metano a la atmósfera afectará en el corto plazo a la calidad del aire y en el largo plazo puede contribuir al efecto invernadero, aunque le asigna una probabilidad de ocurrencia baja de modo que en conjunto el impacto sobre la calidad del aire es considerado… ¡¡¡leve!!!
El único impacto benéfico se atribuye al «modelo territorial deseado», aspecto que el propio informe admite que «no se trata de una idea final y acabada» y «que se encuentra sujeta a cambios continuos … en el marco de un proceso dinámico» (EIA, Cap 6, pp. 82). En la definición de modelo territorial deseado intervendrían formal e informalmente todos los actores sociales. Sin embargo, el estudio se aproxima a esta idea interpretando planes estratégicos y entrevistando a los responsables de las carteras de Planeamiento Urbano y Ambiente del municipio, sin consultar a otros «actores sociales» como los vecinos de Cerri y organizaciones de distinto nivel que también tienen voz (y la han hecho manifiesta en diversos medios periodísticos) en la definición del «modelo territorial deseado». Los responsables de las áreas mencionadas consultados para tal fin no fueron elegidos por el voto democrático, de modo que su capacidad de representación de las aspiraciones de la población sobre el curso que debería seguir el desarrollo territorial es cuestionable. Incluso tomando como válidos los documentos de los planes estratégicos, de la lectura del Plan de Desarrollo Local (disponible en este enlace) no se deriva que el dragado sea compatible con los lineamientos sugeridos en dicho Plan.
Claramente, si esta apreciación incluyese las manifestaciones de la comunidad local con relación al proyecto y tomase un ángulo más conservador con respecto a la intensidad, duración y probabilidad, este único impacto positivo probablemente se anularía.
En suma, el único impacto positivo del dragado parece forzado y se le atribuye artificialmente elevada importancia fijando arbitrariamente los criterios de intensidad, extensión y probabilidad.
Regasificación
En este caso, todos los componentes sin excepción (construcción del muelle, operación del gasoducto y operatoria de buques) tienen según el propio estudio, impacto negativo. Nuevamente, cada impacto es ponderado en términos de grados de intensidad, extensión territorial, momento, persistencia, reversibilidad, periodicidad, etc.
Al igual que en el caso del dragado, se reconocen impactos negativos moderados sobre aguas superficiales y subterráneas, calidad del suelo, vegetación, organismos vivos en el mar, invertebrados terrestres, infraestructura y circulación vial y algunos posibles impactos negativos ocasionados por contingencias e imprevistos. Estos impactos se derivarían de contaminación química del agua y del suelo, emisión de metano, entre otros. Su clasificación como impactos negativos moderados es, nuevamente, cuestionable; modificando su intensidad, persistencia o periodicidad a otros estados su calificación cambiaría de moderado a alto.
Ninguna de las medidas de mitigación (en el Capítulo 7) compensa los impactos negativos severos, como el paisaje, la geomorfología o los hábitats costeros. La mayoría están destinadas a atenuar los impactos bajos o moderados o de carácter temporal (e.g. ruidos molestos del obrador).
Por otra parte, considerando la escasa capacidad de control y penalización por parte de los órganos estatales respecto de actividades que dañan el medioambiente y/o ocasionan perjuicios sobre los recursos comunales, no hay garantía que dichas medidas sean efectivamente cumplidas por las empresas beneficiarias. Incluso, una de las acciones mitigadoras propuestas por la UTE es la difusión de información a la población, cosa que ni siquiera actualmente ocurre.
Para terminar, no se entiende cómo un estudio que reconoce que el proyecto de YPF-Enarsa para Puerto Cuatreros posee explícitamente 190 perjuicios y sólo 1 beneficio (de dudosa validez) sobre el medio físico, biológico y socioeconómico, donde entre 30% y 40% de dichos daños no son leves (y, de pasar un examen riguroso, hasta resultasen quizá severos) sea promovido como generador de desarrollo sustentable.
Nota de Solo Local: la autora de esta nota es docente e investigadora de la UNS y doctora en Economía

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