El Consejo de la Magistratura desestimó la denuncia que había presentado Eduardo Hidalgo, titular de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Bahía Blanca, contra el juez federal Alcindo Alvarez Canale por su actuación como instructor de la Causa 05/07. En ese expediente se investigan delitos de lesa humanidad cometidos en el ámbito del Quinto Cuerpo de Ejército entre 1976 y 1977. Hidalgo le imputaba al juez demoras en el proceso, que no había propiciado el inicio de ningún juicio oral en dos años y la separación de un secretario que conocía la causa, entre otros cuestionamientos. En la resolución, que puede leerse haciendo clic aquí, se concluye que en el proceder del magistrado “no se verifican conductas que pudieran constituir faltas de carácter disciplinario… como tampoco es posible comprobar indicios de hechos que alcanzaran a implicar supuesto alguno que constituya causal de remoción”. La denuncia del dirigente de la APDH bahiense, contenida en el expediente 427/07, alcanzaba también al camarista Néstor Luis Montezanti, cuya conducta seguirá siendo analizada por el Consejo de la Magistratura.
Para tomar la decisión de desestimar la denuncia, los miembros de la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo escucharon los argumentos tanto de Hidalgo como de Alvarez Canale, así como los del ex fiscal general Hugo Omar Cañón, cuyo testimonio Solo Local publicó en esta nota y de Montezanti, miembro de la Cámara Federal de Bahía Blanca.
Tras aclarar que las facultades disciplinarias del Consejo de la Magistratura se limitan a lo estrictamente administrativo y no puede involucrarse en la competencia jurisdiccional, el presidente del organismo Luis María Cabral expuso los argumentos por los cuales desestimó la denuncia contra Alvarez Canale. “No se ha advierte irregularidad alguna susceptible de reproche por parte de este Cuerpo en relación con la actuación que le cupo al doctor Alcindo Alvarez Canale” dice la resolución donde se califica como “amplia y diligente” la actividad que llevó adelante el magistrado en el marco de la causa 05/07.
Además sostiene que no se le puede atribuir responsabilidad al juez por el fallecimiento del imputado Santiago Cruciani, señalado por los ex detenidos de La Escuelita como uno de los interrogadores del centro clandestino de detención. “En definitiva, se advierte que el doctor Alvarez Canale ha adecuado su comportamiento a la debida diligencia, más allá de que su actuación en los autos mencionados no fuera compartida por el denunciante, lo cual resulta una cuestión de carácter estrictamente jurisdiccional” añade la resolución.
Al camarista federal, Montezanti, Hidalgo le endilga haber intervenido en una causa por violaciones a los Derechos Humanos a pesar de estar excusado y haber cancelado la secretaría especial creada con motivo de los Juicios por la Verdad.
También le cuestiona ciertas designaciones del personal afectado a esas causas y la sanción a la doctora Haydee Hernández. Según los miembros del Consejo “con los elementos reunidos hasta el presente, las constancias agregadas al expediente y el resultado de las medidas probatorias ordenadas, se estima que el obrar del magistrado (por Montezanti) debe ser analizado con mayor profundidad”.
Además de esta denuncia, pesa sobre Montezanti otro expediente, el 254/08, propiciado por la Unión de Empleados de Justicia de la Nación, en el marco del cual el juez produjo su descargo que Solo Local publicó aquí.
El pasado 11 de corriente, tal como se lee en este enlace, queda documentado que se había solicitado la citación del propio Montezanti y de sus pares Ángel Alberto Argañaraz y Augusto Enrique Fernández, integrantes de la Cámara Federal de Bahía Blanca; pero también se lee que hubo una propuesta para que la denuncia sea desestimada.
Sin embargo, tal como se lee en la resolución a la que se accede mediante este link, se aconsejó al Plenario del Consejo de la Magistratura la extracción de copias certificadas de las actuaciones, a efectos de continuar el trámite de la denuncia formulada contra el Dr. Néstor LuisMontezanti.
Para argumentar esta decisión, como se lee en el punto número 6, se recuerda que a Montezanti, se le endilga haber intervenido en una causa por violación a los derechos humanos a pesar de estar excusado, generando con ello dificultades y retrasos, haber cancelado la Secretaría Especial creada con motivo de los Juicios por la Verdad y haber sancionado a la Dra. Haydee Hernández. Asimismo, se cuestionan ciertas designaciones del personal afectado a esas causas.Al respecto, cabe referir que, con los elementos reunidos hasta el presente, las constancias agregadas al expediente y el resultado de las medidas probatorias ordenadas, se estimó que el obrar del magistrado deberá ser analizado con mayor profundidad.
