Para los concejales que plantean que el matrimonio entre personas del mismo sexo es una “imposición”, queremos remarcarles que la esencia de la Ley es la no imposición alguna ni “venta” de las formas de vida que cada uno tendría que seguir en pos de una supuesta “normalidad”. No es un debate conceptual sobre el significante “matrimonio”, ya que el Parlamento tiene la facultad de actualizar los conceptos de sus leyes, aspirando a una sociedad más justa. El Estado excedería sus funciones si pretendiera “incentivar” o “restringir” el modo en que las familias se constituyen, ya que estas no deben por qué tener una función meramente reproductiva lo que, en todo caso, queda en la decisión personal de los contrayentes.
Más allá de su pretensión de no discriminar, muchos dichos tuvieron connotaciones homofóbicas que constituyen actos discriminatorios como queda expuesto en los artículos 2.1 y 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos suscripta por la República Argentina. Inevitablemente nos surgen algunas preguntas: ¿A que se hace referencia con “nuestra idiosincrasia”? ¿Qué es lo que se quiere “imponer”? ¿Por qué se cataloga como “parche” a un proyecto de Ley democrático?
En una especie de toque de queda sexual y afectivo, algunos que dicen defender la libertad individual terminan por condicionarla al “ámbito de la privacidad”, contradiciendo el artículo 19 de la Constitución Nacional. Los argumentos autoritarios esgrimidos contra ésta Ley son los mismos que se escucharon en los años 80, tras el retorno a la Democracia, al debatirse la Ley de Divorcio. Porque creemos en un debate responsable y serio, acercaremos el texto completo a los distintos bloques para que puedan, de esta forma, contar con las herramientas necesarias. La Ley no es una apología a la homosexualidad, es un llamado a la diversidad y al reconocimiento de una realidad cotidiana. Podemos entender el disenso, pero nunca aceptar aquellas posturas discriminatorias.
