Cárceles y su Eventual Privatización

(Notas de Usuarios) – Los días 7 y 8 de Junio se llevó a cabo, en la Ciudad de La Plata, un interesante  encuentro de funcionarios penitenciarios y otros agentes públicos vinculados a la prevención del delito y al tratamiento del delincuente. La reunión convocó a representantes de casi todas las provincias y del Servicio Penitenciario Federal; los disertantes, todos de máximo nivel internacional, vinculados a las Naciones Unidas y con muy amplia experiencia en el tema tratado. Uno de ellos, el sueco Christer Isaksson, aportó excelentes ideas sobre el tratamiento de los criminales en su nación; cabe resaltar el absoluto respeto por los Derechos Humanos existente en los países nórdicos sin que ello deba hacer suponer, por el contrario, ingenuidad o estupidez en la clasificación, control y asistencia de los delincuentes según su grado de peligrosidad. El sueco señaló, además, otra característica más que interesante: en su país, el preso, cualquier preso, está obligado -reitero: obligado- a trabajar y estudiar mientras dura su condena; el ocio es inadmisible en el interior de las prisiones por ser fuente indudable de conflicto y perversión.

Y siendo el trabajo y el estudio derechos inalienables de toda persona, y una parte imprescindible de cualquier tratamiento criminológico serio que se quiera instrumentar, no existe entonces conflicto entre la obligación a cumplir y la vulneración de ningún derecho de la persona privada de su libertad.
Otro panelista, el inglés Stephen Nathan, se explayó sobre la tendencia a la privatización de la cárceles que se está dando en Europa y que, desde hace no mucho tiempo, se viene observando en Latinoamérica, particularmente en Chile. Esta corriente avanza ahora sobre nuestro país al amparo de la Ley 24660. El disertante opuso numerosas y muy válidas razones, de orden económico y ético, para objetar este modelo, es decir, la gerenciación de la pena restrictiva de la libertad de una persona por organizaciones privadas, por ende con fines de lucro, aunque la cuestión seguridad permanecería a cargo del Estado. Sus argumentos fueron absolutamente válidos y, reitero, de peso; sin embargo, no debe descartarse de plano una idea de privatización, o semiprivatización, de algunos servicios vinculados al tratamiento del delincuente preso: la provisión de alimentos y la atención de la salud -si tercerizadas- ofrecerían, bien supervisadas por el Estado, indudables ventajas.
La primera de ellas, el cese de negociados paralelos, ilícitos, por parte de ciertos funcionarios; la segunda, por ejemplo en el caso de la salud, la certeza para el detenido que el profesional que lo atiende no está vinculado a los agentes de seguridad. Las implicancias de este detalle son, para quien conozca aun superficialmente la connivencia entre funcionarios de distinto escalafón, de alcance imprevisible. Por otro lado, si la gerenciadora de una prisión tiene fin de lucro puede permitirse -en realidad debe obligarse- a los allí recluidos trabajar en el interior de la cárcel; pero trabajar en serio, cobrando un salario digno y recibiendo los aportes previsionales correspondientes a cualquier trabajador, con una importante diferencia: una buena parte de ese salario debiera ser destinado a que el criminal pague por los costos de su propia supervivencia. A la fecha, los gastos de manutención de los criminales, aun los más protervos, corre por cuenta exclusiva de la sociedad sin que estos sujetos deban aportar, a su propia conservación, nada más que su maldad -fallida- que los llevara al interior de la prisión desde donde sólo continúan exprimiendo al sistema social todo.
De esta forma, la pena impuesta al sujeto por autoridad competente sería, efectivamente, sólo la de la privación de su libertad, sin castigos accesorios como el despojo del derecho/obligación de todo sujeto a trabajar o a estudiar y aportar, así, a su propia existencia. La idea, obviamente, no es novedosa; ya viene de antaño -desde el diseño del Panóptico- y se traduce en nuestro medio con el refrán que denota que el ocio es padre de todos los vicios.
Sólo hace falta, para instrumentar un sistema de trabajo y estudio que verdaderamente haga a la re-educación y re-socialización de la persona delincuente, vencer la insensata resistencia de ciertas organizaciones de pseudo-derechos humanos que ven como esclavizante la idea de obligar a un recluso a trabajar o estudiar o, en definitiva, a ganarse su propia vida de un modo diferente al del mero parasitismo social. Pretender “subir al colectivo social” a todas las personas por igual, sin que dichas personas paguen, cada una de su bolsillo y a partir de su propio esfuerzo, el pasaje correspondiente, es una idea impracticable y que sólo va en detrimento de quienes respetan la Ley. Así, de una vez por todas, discutamos seriamente qué se entiende por tratamiento penitenciario y otorguemos a las cárceles argentinas un sentido superior, muy distante del que hoy exhiben, como mero depósito de personas.

Enviado a Solo Local por Dr. Alejandro A. Bevaqua Médico – Especialista Jerarquizado en Medicina Legal – M.P.: 220167

 

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