Para los jueces Enrique Montironi y Hugo De Rosa no quedó cabalmente demostrada la autoría del policía Rodolfo Guidobono en el crimen de Giuliano Gallo, quien resultó baleado a los 14 años de edad, en el Barrio Mi Casita. Para ambos, de acuerdo a la prueba producida en el juicio, se generó un estado de duda que favoreció al imputado. Aún así, también se lee en el fallo, que ambos coincidieron en que el uniformado «no ha hecho otra cosa que cumplir con su deber de funcionario policial… No se le podía exigir a Guidobono, otro accionar que el imprimido el día del suceso». Los magistrados consideraron que la única explicación razonable a las circunstancias vividas esa madrugada, es que necesariamente la policía fue agredida con disparos de arma de fuego, desde el interior de la vivienda. Sin embargo, el tercer miembro del Tribunal, Mario Lindor Burgos, vió otra historia durante el juicio: para éste la autoría y responsabilidad penal de Guidobono resultaron sobradamente acreditadas. Y, por el contrario, no quedó demostrada la existencia de disparos desde el interior de la casa. hacia la policía «Ninguno de los policías actuantes percibió algún fogonazo, ni escuchó disparo alguno, amén de lo relatado por el imputado y el testigo Guillermo Martinez, a quien he de solicitar se mande instruir causa por la posible comisión del delito de Falso Testimonio«. Es decir, para dos jueces hubo disparos desde el interior de la casa y aunque no se comprobó que la bala que mató a Guiliano Gallo haya salido del arma de Guidobono, si así hubiera sido, éste lo habría hecho en cumplimiento de su deber. Para el tercer juez, no hubo disparos desde el interior de la casa y quedó probado que la bala que mató al menor fue la que salió del arma reglamentaria de Guidobono. ¿Cómo es posible que diferentes jueces vean la historia de maneras tan opuestas?. El fallo es extenso, tiene 57 páginas, pero relata los pormenores de una noche fatal, que de acuerdo con los jueces, debió haberse prevenido. Solo Local pone a disposición de sus lectores el fallo completo, al que se puede acceder haciendo clic aquí.
Según se lee en el fallo, Montironi dijo: «A manera de reflexión final y a título estrictamente personal, sin comprometer la opinión de mis colegas que integran el Tribunal, quiero significar que el caso traído a juzgamiento, ha tenido particularidades notorias que me hacen sostener, sin ningún tipo de dudas que de haberse adoptado en su momento las medidas de contención necesarias, el desenlace fatal por nadie querido, no se hubiera producido»
Añadió que: «con esto quiero significar que debe dejarse de lado actitudes hipócritas que reducen las cosas a un accionar autoritario de la Policía, no es este el caso, y no porque uno sea pro-policía o anti-policía, sino que se debe juzgar el accionar de las fuerzas del orden en el contexto en que tuvo que actuar, y en este caso, tras concurrir al escenario de los hechos, en la noche-madrugada en por lo menos 5 oportunidades, con mas de 60 llamados de los vecinos solicitando el auxilio de la Policía ante los desmanes y disturbios que ocurrían, la repulsa hacia la policía con el apedreamiento de los móviles, adunado a la situación límite sufrida por la familia Russo, cuyos testimonios ya fueran analizados precedentemente, la intervención policial, no sólo fue oportuna y ajustada a derecho, sino que cumplió acabadamente con su tarea preventiva de frustración de delitos perpetrados o a punto de cometerse. Actuaron en salvaguarda de la vida y seguridad, no sólo de la familia citada, sino del conjunto del vecindario, que se viera asolado por el accionar de un grupo de personas que habían hecho del barrio «Mi Casita», «tierra de nadie» y el «todo vale».- A esta convicción arribo, luego de escuchar los numerosos testimonios brindados en el debate, especialmente el temor que reflejaban, a dos años de haberse producido el hecho, el refrescar la situaciones vividas en el vecindario.
Con relación a esta cuestión finalizó diciendo que «todo ello, me lleva a sostener, como lo anticipara a lo largo de todo este responde, que la actuación policial, no respondió a un capricho ni el accionar fuera motivado por alguna animaversión hacia los concurrentes a la casa 25. No escapa a mi entender, que en dicho lugar, cita continua de concurrentes menores y mayores, no lo eran simplemente para «escuchar música y tomar mate», sino no se explica las continuas entradas y salidas de dicha vivienda, la noche-madrugada de los sucesos, el ataque y agresión sufrido por el funcionario policial Aguilera, como asimismo, los «puntazos» dirigidos hacia el señor Russo, la continuidad de agresiones asumiendo de «somos menores, nada nos pueden hacer», sumada la circunstancia de que al «cuidado» de los menores se hallaba un mayor, que registra antecedentes penales, y la evidente ingesta de alcohol, lo que hacía que el grupo acrecentara su violencia y euforia, la víctima fatal de 14 años, registraba al momento del evento, una graduación de alcohol en orina -alcoholuria de 0,60 gramos por litro-, lo que presupone y ratifica lo antes expuesto».
Fuente Foto: Página Giuliano Gallo en Facebook: ver aquí.
