Crisis del Agua y Nuevas Propuestas

(Notas de Usuarios) – El tiempo pasa, se acaban los discursos y diagnósticos, y la solución no llega. Lejos de ello la crisis se agrava cada día un poco más. Mucho se ha anunciado, poco se hizo y se hace. Sin embargo, lo cierto, real y concreto es que los bahienses vivimos atónicos, y no sin pocos inconvenientes, la constante ausencia de agua en nuestros hogares. Peor que la falta de agua sea, tal vez, la escasez de ideas y propuestas concretas, la parsimonia, la lentitud en abordar soluciones de emergencia y de fondo. Las campañas de concientización velando por el consumo racional, la propuesta más elaborada y trabajada por las autoridades provinciales y municipales, sucumbe frente al nulo suministro que azota a varias familias de nuestra ciudad. Donde no hay una gota de agua es difícil racionalizar. Frente a tantos cortes y ausencia total del servicio de agua potable, Espacio Cívico Radical propone una serie de medidas.

1- NO COBRO DE SUMA ALGUNA POR PARTE DE ABSA HASTA EL RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO. En aquellos supuestos en que se haya realizado un corte total e imprevisto del servicio de agua ABSA NO DEBIERA COBRAR SUMA ALGUNA HASTA EL RESTABLECIMIENTO EFECTIVO DEL SERVICIO.

A dichos fines, los  usuarios deberían realizar el RECLAMO pertinente ante la prestataria  por el corte imprevisto, total y absoluto del servicio de agua potable; y para el caso de que no se haya restablecido el servicio dentro de las 24 hs., ABSA debiera abstenerse de aplicar el régimen tarifario aplicable hasta el restablecimiento del suministro – Aplicación Analógica del Art. 61 inc. e del  Marco Regulatorio Decreto N° 878/03 ratificado por Ley 13.154 de la Provincia de Buenos Aires -. 

2- RESARCIMIENTO EN FAVOR DEL USUARIO. A su vez, ABSA debería resarcir al usuario con una suma equivalente al treinta (30) por ciento del total facturado en el último bimestre completo en el que le hubiere prestado el servicio en cuestión. Es decir, en la próxima factura el USUARIO debería tener una deducción del 30 % del total de la última factura.

3-     Instar al cumplimiento del Marco Regulatorio del servicio de agua potable en lo que respecta a la imposibilidad de producir un “CORTE TOTAL DEL SERVICIO” para USUARIOS RESIDENCIALES, debiendo la entidad prestadora GARANTIZAR UNA ABASTECIMIENTO MÍNIMO VITAL. – Decreto 878/03, ratificado por Ley 13.154 de la Provincia de Buenos Aires -.

4-     UNIDAD DE EMERGENCIA HIDRICA. Se propone la creación y puesta en funcionamiento, dentro del ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal, de un CUERPO DE EMERGENCIA HIDRICO que se inste mediante un simple llamado telefónico – tipo 911 – a los efectos de atender las demandas de los USUARIOS que, ante falta total y absoluta de agua potable en sus hogares, vean condicionado el mantenimiento de condiciones básicas de salud e higiene. La función de la dependencia es entregar agua potable en cantidad y calidad suficiente en aquellos hogares que sufran cortes totales de modo de garantizar un acceso  mínimo vital que cubra las necesidades básicas. Ante el llamado del USUARIO los agentes municipales debieran acudir al inmueble a los efectos de suministrar un volumen mínimo y suficiente. El CUERPO DE EMERGENCIA SANITARIA debiera coordinar sus tareas con la empresa prestataria del servicio – ABSA -. Esta medida está pensada -sobre todo – para las personas mayores de edad y/o madres de familia con hijos que en época estival y con altas temperaturas deben trasladarse lejos de sus domicilios, varias veces al día, en búsqueda de fuentes alternativas de agua potable – surgentes por ejemplo – .

5- FUENTES ALTERNATIVAS DE ABASTECIMIENTO EN LA EMERGENCIA. Es público y notorio que frente a la falta y/o escasez de agua cantidad de USUARIOS han optado por la realización perforaciones en sus propios predios – fuentes alternativa de provisión – a los fines de poder acceder al líquido elemento – aunque más no sea con fines de aseo y/o higiénicos – . Sabido es los costos que implica la realización dichos pozos de extracción y que sólo quienes tienen un alto nivel adquisitivo pueden acceder a los mismos. Por tal motivo y a los fines de universalizar el acceso a dicha fuente alternativa de agua – aunque no potable – debiera crearse en el ámbito del Municipio un FONDO DE EMERGENCIA HIDRICA, con recursos propios del municipio y de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de financiar las obras de aquellos vecinos que no tienen los medios económicos suficientes que le permitan el acceso a dicha fuente alternativa.

 

Firmado: Dr. Martín Salaberry, Dr. Darío Cacchiarelli, Dr. Adrián Carbayo, Dra. Cecilia Zoilo, Dra. Gabriela Salaberry, Dr. Lisandro Ganuza Bollati y Dra. Gabriela García Franz

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