Algunas Paradojas de la Cuestión Penal

(Notas de Usuarios) – A pesar del  desprestigio del Poder Judicial y su mala prensa, cada vez se recurre más a él buscando soluciones (que muchas veces no puede brindar) a intereses individuales o colectivos, quizá intuyendo que -con todas sus limitaciones y defectos- es el garante último y custodio de los derechos fundamentales de los habitantes. Por eso, en una sociedad signada por el conflicto,  todo se judicializa. Según la Federación Argentina de la Magistratura (F.A.M.) cada año ingresan al sistema judicial (en todos los fueros) cuatro millones de causas; el sistema sólo puede procesar la mitad.  Se elevan las penas de los delitos contra la propiedad y los violentos pero no los de “cuello blanco” y los de mercados ilegales y cometidos por funcionarios públicos que generan aquélla violencia. Tampoco se asignan recursos humanos, materiales y tecnológicos en debida forma para combatir al crimen organizado.

 

Algunos reclaman pena de muerte y castración de  violadores, lo cual está prohibido por la constitución y no reclaman, en cambio, a los legisladores nacionales y provinciales el juicio por jurados, que la Constitución Nacional manda por tres veces desde hace más de un siglo y medio.

Muchos comunicadores sociales se muestran fundamentalistas con la libertad de expresión y de prensa (lo cual es correcto y entendible) y no lo son en cambio con las garantías en el proceso penal, siendo que ambas están consagradas en la Constitución Nacional.

El alcohol y el tabaco (sustancias permitidas aunque tibiamente desalentadas) y los barbitúricos de expendio legal producen  más muertes que las drogas prohibidas.

En ocasiones se reclama darle  más poder a la policía dependiente del Poder Ejecutivo y no se exige la instauración de una verdadera y capacitada policía judicial, dentro del Ministerio Público Fiscal, cuya organización manda la Constitución de la Provincia de Buenos Aires desde 1994.

Se despotrica contra las garantías procesales que asisten a los sospechosos de haber cometido un delito, salvo cuando el sospechoso sea uno mismo o un allegado -incluso respecto a una simple infracción de tránsito- en cuyo caso todos nos volvemos súbitamente garantistas y denunciamos el atropello de que somos víctima por la arbitrariedad estatal.

Estados Unidos, que posee uno de los sistemas más represivos y duros de occidente (pena de muerte en muchos estados, enorme tasa de prisionización, penas elevadas, negociaciones fiscales extorsivas, etc.), es el mayor consumidor de drogas del mundo y registra una tasa de homicidios superior a la de Argentina.

No se exigen con igual énfasis soluciones a las muertes evitables en el tránsito automotor (más de 20 por día), ni al número similar de niños que mueren también por causas evitables, a pesar de que superan en mucho a los homicidios dolosos, y más aún a los cometidos en ocasión de robo.

Para designar a un juez,  la Constitución de la Provincia de Buenos Aires exige que el postulante muestre respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos; cuando asume, ese juez debe jurar por la Constitución, y de inmediato desde algunos sectores se le pide que no cumpla con la misma, o que la cumpla a medias, o un poco,  o a veces, (en especial en lo relativo a la libertad durante el proceso antes de la sentencia, exigiendo que la prisión preventiva funcione como anticipo de pena). Sin embargo, si hay algo que justifica la existencia de un juez es que cumpla y haga cumplir la constitución, garantizando los derechos fundamentales de los justiciables, como asimismo que sea imparcial e independiente, no sólo de otros poderes y de tribunales superiores sino también de la opinión pública o publicada.

 

José Luis Ares,  Bahía Blanca, febrero de 2010.

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