El municipio de Bahía Blanca no podrá cobrar la Tasa de Seguridad e Higiene a las farmacias. Así lo establece un fallo reciente de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata que puede consultarse en este enlace. El tribunal declaró ajena a la potestad tributaria municipal a la actividad farmacéutica, en lo referido al ejercicio de tal incumbencia . La acción judicial, una pretensión declarativa de sentencia, había sido iniciada por la firma Farmacia Española S.C.S. y fue rechazada en primera instancia por el titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Número 1. Por eso la firma recurrió ante la Cámara de Apelación en Mar del Plata y logró una resolución favorable. En el mismo recurso se pedía la declaración de inconstitucionalidad del artículo 144 inciso b de la Ordenanza Fiscal del municipio de Bahía Blanca.
